jueves, 6 de octubre de 2011

Los extirpadores de doctrinas jurídicas democráticas y la explotación minera del indio



La minería siempre ha sido una de las más abruptas actividades a las que el ser humano ha sacrificado sus pulmones, sus manos y su sangre; y más todavía en la América Andina –en los territorios que ahora ocupan el Perú, Bolivia y Ecuador centralmente- donde la minería se convirtió, desde los comienzos de la invasión/colonización en 1532, en el centro de las actividades de una economía dedicada principalmente al saqueo.
Dicen que un indio llamado Diego Huallpa, algún día de 1545, al ser barrido por un fuerte viento se dio de bruces contra el suelo, descubriendo accidentalmente una enorme veta de plata en Potosí. Unos cuantos años más tarde se enviaban de estas minas 1.5 millones de pesos anuales al monarca español. Potosí en sus primeros diez años produjo lo suficiente, y más, para alimentar la maquinaria de guerra de los Habsburgo y las pretensiones hegemónicas de España en Europa: ciento sesenta mil indígenas trabajaban en Potosí en 1650, y otras vetas fueron abiertas en Castrovirreyna, Cailloma, Chachapoyas, Pasco y Oruro, entre otras.
Desde entonces la minería de plata fue la obsesión y el eje de la economía de la colonización, y desde entonces la minería ha sido la obsesión de los Estados postcoloniales andinos. Y esa minería ha descansado en la expropiación violenta del territorio indígena, en la invención misma del indio como subordinado, como colonizado, como sujeto incompleto sin derechos y sin Estado.
Con la conquista/invasión de América, los habitantes de la América pre-colonial entran en la historia europea: nace el indio, y su gran madre y comadrona es el dominio colonial. Como señala el eminente antropólogo Bonfil Batalla, “la colonia disloca el orden previo y va estructurando uno nuevo que se vertebra jerárquicamente y descansa en la explotación del sector recién inventado: el indio. El colonizador se apropia paulatinamente de las tierras que requiere, somete, organiza y explota la mano de obra de los indios; inicia nuevas empresas coloniales siempre fundadas en la disponibilidad de los indios; establece un orden legal para regular -y sobre todo para garantizar- el dominio colonial; modifica compulsivamente la organización social y los sistemas culturales de los pueblos dominados, en la medida en que tales alteraciones son requeridas para el establecimiento, la consolidación del orden colonial”. [1]
Dos caras de una misma moneda: riqueza y poder para el Imperio; despojo, pobreza, sufrimiento, destrucción cultural y muerte para los indios del común. Esa ha sido la ecuación que ha gobernado la empresa colonial que organizó la economía en base a la expropiación del territorio, al trabajo no remunerado y obligatorio de los indígenas a favor de los empresarios de la conquista: los encomenderos.
Y esa pretende ser actualmente la lógica que quiere superponerse a los derechos y a las garantías de las que deben gozar todos los ciudadanos. Nuevos encomenderos, empresarios imperiales de la conquista con pocos reparos democráticos, hunden sus ambiciones en la América Andina buscando más plata, más oro, más estaño, y todo lo que pueda ser llamado “comodity” y ser vendido en el mercado global.
El panorama de expropiación violenta y explotación del indio, podría pensarse, y quererse, que fuera solo un asunto del pasado. Al final, hace casi 200 años que el Perú y Bolivia declararon su independencia, se dieron nuevas constituciones liberales que reconocieron la soberanía de los pueblos y que proclamaron progresivamente cada vez más derechos, y también lograron establecer nuevas formas institucionales de protección de los derechos humanos. Pero no es así: de los reportes de la Defensoría del Pueblo de Perú se desprende que la casi totalidad de los conflictos socio-ambientales tienen que ver con las actividades extractivas, en los que se enfrentan los intereses económicos de las grandes empresas petroleras y mineras con los derechos de las comunidades campesinas indígenas.[2] 
La actual es la era de la ampliación de los derechos –como dijera Peces Barba- y es la era de las garantías de esos derechos -en palabras de Ferrajoli-. Es un tiempo en el que un nuevo sentido común ha surgido en el Derecho junto con nuevos paradigmas jurídicos centrados en una nueva axiología: los nuevos valores son los derechos humanos, su respeto irrestricto y la necesidad de su promoción por los Estados. Este es un tiempo en el que, después de mucha sangre y tinta derramadas, están vigentes formalmente diversos convenios de cumplimiento obligatorio y declaraciones de derechos humanos dados por la comunidad internacional que indican el sentido que debe tener la actuación de todos, incluidos los poderosos.
Y en referencia a los pueblos indígenas, este nuevo sentido común y el nuevo paradigma lo indican específicamente la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, y se expresa en el Perú –aunque tímidamente aún- en la recientemente promulgada “Ley de derecho de consulta previa a los pueblos indígenas u originarios” (Nro. 29785, publicada el 7/09/2011). Ésta reconoce el derecho de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados de forma previa sobre las medidas legislativas o administrativas que afecten directamente sus derechos colectivos, sobre su existencia física, identidad cultural, calidad de vida o desarrollo, y establece que la consulta debe ser implementada de forma obligatoria por el Estado (Art. 2). [3]
Sin embargo, junto a estos nuevos derechos y paradigmas jurídicos garantistas, existen refulgentes y poderosos intereses económicos que tratan de imponer lógicas de actuación contrarias a los propios derechos humanos. Estas lógicas contra-jurídicas / anti-derechos provienen de los intereses económicos de las grandes inversiones de capital en zonas que son consideradas vacías, sin habitantes, sin ciudadanos –terra nullius-. Estas renovadas doctrinas imperiales se enmascaran e inspiran en un nuevo dios: el mercado, y su nuevo credo: el desarrollo. Pretenden continuar con el proceso de colonización, expropiación del territorio indígena, despojo de sus recursos naturales y destrozo del medio ambiente. Además, pretenden legitimar las injusticias mediante la devaluación de la democracia y la extirpación de las doctrinas jurídicas emancipadoras del ser humano sustentadas en los derechos y garantías fundamentales.
Ni derechos ni garantías, esas son instituciones jurídicas que fueron tradicionalmente dejadas de lado y devaluadas a lo largo de la historia del Perú y de otros países de la América Andina. El pensamiento jurídico conservador pretende sustentar que solo hay garantías y derechos para el imperio, para la gran empresa y las inversiones millonarias. La justificación del derecho y las garantías basadas en la voraz racionalidad económica han ganado terreno al derecho y las garantías basadas en la racionalidad formal (la razón económica se viene imponiendo a la razón del Derecho). Las leyes “normales” del ámbito económico han enquistado a las leyes del Estado.
Las doctrinas del mercado a ultranza, sin restricción ninguna, sin un mínimo control, se mueven en el ambiente oscuro de fuera de los derechos. Hay que recordar aquí las palabras del penalista sevillano Muñoz Conde: más allá de los derechos y las garantías está el campo del fascismo.
Y lo que queda en el mundo del Derecho es la lucha por él, por la vigencia de los derechos humanos, por la tolerancia al diferente, por las garantías y la construcción de un modelo político constitucional multicultural, que son el frente que la democracia puede oponer a los nuevos fascismos societales propugnados por ese nuevo dios y doctrina que se pretende imponer -como en casi todos los conflictos entre las comunidades indígenas y las grandes empresas mineras en Perú- a base del despojo de los pueblos originarios, de su sufrimiento y su muerte como ser individual y colectivo. Lo que nos queda a los juristas es la lucha por la vida, por la buena vida para todos, y en esto hay que aprender de los nuevos paradigmas políticos (y jurídicos) que surgen de la médula misma de los pueblos, como el allin kausay.
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[1] Bonfil Batalla; Identidad y pluralismo cultural en América Latina; Fondo Ed del CEHAS y Ed. Universidad de Puerto Rico; Buenos Aires 1992. pp. 30-31
[2] Defensoría Del Pueblo; Reporte de Conflictos Sociales; N° 90, agosto, Lima 2011. [Visto en Oct. 2011]
http://www.defensoria.gob.pe/modules/Downloads/conflictos/2011/Reporte_conflictos_90.pdf
[3] Puede consultarse el texto íntegro de esta ley en [Visto en Oct. 2011] http://ht.ly/6b5HO

FOTO: "El gamonal", Pintura de José Sabogal.

1 comentario:

Ricardo V. Guevara dijo...

Los derechos también debieran darse en función real a sus destinatarios, no es con ironía lo que digo; hagamos un ejercicio y confrontemos leyes y realidad.
No recuerdo quien dijo, que si nuestras heces valdrían en el mercado, nos coserían el orificio al final de la espalda.